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Derecho a la autodefensa

La reciente decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en favor del derecho constitucional a poseer armas es un hito histórico que establece con claridad una de las diez enmiendas originales de la Constitución y uno de los derechos más antiguos que definen la identidad de este país y facultan a los individuos a defenderse por sí mismos, que es un derecho esencial en una auténtica democracia libre. El Tribunal Supremo dictaminó que el acceso y portar armas por parte de los ciudadanos es un derecho constitucional fundamental que ningún gobierno estatal o municipal puede anular.
En una votación de cinco contra cuatro, los jueces basaron su fallo en otro caso de 2008, en el cual se había determinado que la Segunda Enmienda de la Constitución otorga el derecho a los individuos a tener armas para su autodefensa. Hasta ahora ese fallo (que anuló una norma que prohibía armamento en Washington DC) sólo era aplicable a leyes y entidades federales. Esta sentencia establece que ninguna entidad estatal o municipal puede prohibir el derecho de los ciudadanos a portarlas, lo que significa un éxito indudable del sistema de garantías constitucionales de Estados Unidos.

El caso McDonald V. City of Chicago, que es el que ha propiciado esta decisión del Supremo, ha marcado el punto crítico en este debate, poniendo sobre la mesa que estamos ante un derecho constitucional de los ciudadanos de este país. Otis McDonald demandó a la ciudad de Chicago por prohibir la posesión de armas. No se trataba de ningún loco por las armas sino de un ingeniero retirado de 76 años, votante demócrata y víctima de ataques de los delincuentes en su casa y su barrio que deseaba autodefenderse.
La decisión del Supremo garantiza que este derecho constitucional es aplicable a todo el país y que los ciudadanos preocupados por su seguridad, puedan defenderse frente a los criminales que no necesitan de leyes para armarse hasta los dientes, tal y como ya están.
Samuel Alito declaró, en nombre de la mayoría de los jueces, que “el derecho que concede la Segunda Enmienda es plenamente aplicable en los estados, ya que está entre los derechos fundamentales de nuestro sistema de libertad ordenada”.

Los jueces no anularon ciertas limitaciones a este derecho y han mantenido en vigor medidas que prohíben a criminales convictos y personas mentalmente enfermas comprar armamento. Además de mantener la prohibición de portar armas en escuelas y edificios gubernamentales. También se mantienen algunas regulaciones mínimas sobre su comercialización.
Lo que deja absolutamente claro el dictamen del Supremo es que la Segunda Enmienda de la Constitución protege el derecho a la autodefensa de todos los estadunidenses que respetan la ley y ampara a la luz del más alto tribunal del país uno de los valores más genuinamente norteamericanos, que nació con la propia nación y ha permitido su desarrollo y expansión, así como la autodefensa de sus ciudadanos, que es uno de los rasgos fundamentales que identifican a las sociedades verdaderamente libres.
Con este dictamen, el Tribunal Supremo defiende un derecho histórico y esencial en la Constitución, un derecho del ciudadano estadounidense frente a un estado cada vez más grande y poderoso.
En última instancia, un ciudadano armado es garantía de libertad y autodefensa. Cierto que también implica enormes riesgos que vivimos y soportamos. Algo que nadie en su sano juicio negará, pero es el precio a pagar por una libertad absoluta que sólo en Estados Unidos se mantiene intacta.
La Segunda Enmienda constitucional entra en el siglo XXI con la misma energía que cuando fue incorporada a la Constitución estadounidense.




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